El manual de convivencia sirve para que toda la comunidad encuentre un respaldo en el cumplimiento de los deberes y reconocer a todos los integrantes de la comunidad educativa como sujetos de derecho el manual de convivencia contiene disposiciones, procedimientos y normas que superan la arbitrariedad o la subjetividad.
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES:
1: al buen trato de condiciones y de oportunidades y sin ningún tipo de discriminación
2:a solicitar y obtener constancias de estudios registrados de valoración en forma oportuna
3: a recibir el carne estudiantil durante el primer periodo del año escolar,y a sugerir por escrito las posibles modificaciones al SIEDES y manual de convivencia
4:a expresar y a difundir libre y responsable mente sus opiniones y sus ideas, respetando este derecho en los demás
5:usar con responsabilidad las instalaciones, bienes y servicios de la institución para actividades propias de la vida escolar
6:a recibir los estímulos y reconocimientos que se hagan acreedores
7:a elegir y hacer elegido para los diferentes estamentos del gobierno escolar y a conocer los derechos y deberes
8:a presentar peticiones respetuosas a profesores,
empleados, directivos o autoridades y a obtener pronta resolución de las mismas
9: solicitar con debido respeto en forma oportuna la revicion y corrección de juicios valorativos, logros, y evaluaciones en los tres días hábiles posteriores a su publicación
10:a recibir orientación , ayuda y atención, cuando por su situación así lo requiera
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES:
1:asistir puntualmente a todas las actividades programadas por la institución y participar de ellas cuando sea perteniente
2:conocer, aceptar y aplicar el contenido y las disposiciones del manual de convivencia
3:asistir a las labores académicas con los textos, materiales y elementos indispensables para realizar el trabajo escolar
4:tratar con amabilidad respeto y cordialidad a los miembros de la comunidad educativa manteniendo un comportamiento digno y culto
5:aprovechar al máximo todas sus capacidades para beneficio personal y social, en tanto debe asumirse a la educación como un derecho - deber
6:respetar los derechos de los demás, la opinión y el orden en el uso de la palabra
7:portar el carne estudiantil para efectos de identificación. en caso de perdida reportar oportunamente para evitar suplantaciones
8:representar dignamente a la institución en eventos académicos, culturales, sociales y deportivos única y exclusivamente cuando sea designado para tal fin
9:aceptar las disposiciones de los miembros del gobierno escolar siempre y cuando nos vulneren sus derechos y no sean contrarios a la ley
10: cumplir con las labores de trabajo autónomo del estudiante como sus tareas y sus evaluaciones y esforzare por alcanzar la totalidad de los desempeños
PROHIBICIONES
1. Abandonar o suspender sus labores durante la jornada de trabajo sin justa causa o sin autorización previa de sus superiores.
2. Realizar propaganda o proselitismo político o religioso dentro de los centros educativos o lugares de trabajo.
3. Portar armas de cualquier clase durante el desempeño de sus labores o dentro de los centros educativos, o durante actividades extraescolares.
4. Coartar el derecho de libre asociación de los demás educadores o estudiantes.
5. Utilizar los centros educativos para actividades ilícitas o no propias de la enseñanza, o para vivienda sin la autorización correspondiente.
6. Realizar actividades ajenas a sus funciones docentes en la jornada de trabajo.
7. Vender objetos o mercancías dentro del centro educativo, en beneficio propio o de terceros, que no responda a proyectos institucionales.
8. Asistir al lugar de trabajo en estado de embriaguez o bajo el influjo de drogas narcóticas o estupefacientes.
9. Atentar o incitar a otros a atentar contra los bienes del establecimiento o bienes públicos o hacer uso indebido de las propiedades o haberes de la institución o del Estado, puestos bajo su responsabilidad.
10. Desempeñar simultáneamente más de un empleo público o recibir más de una asignación que provenga del tesoro público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado.
11. Aplicar cualquier forma de maltrato físico o psíquico que atente contra la dignidad de los alumnos, su integridad personal o el desarrollo de su personalidad.
12. Realizar o ejecutar con sus educandos acciones o conductas que atenten contra la libertad y el pudor sexual de los mismos o acosarlos sexualmente.
13. Manipular alumnos o padres de familia para obtener apoyos en causas personales o exclusivas de los docentes.
14. Ser elegido en un cargo de representación popular, a menos que haya renunciado al cargo docente o directivo con seis meses de antelación a la elección respectiva.
15. Utilizar la evaluación de los alumnos para buscar provecho personal o de terceros.
INCENTIVOS PARA ESTUDIANTES
1. Se otorgará Mención de Honor a los estudiantes que hayan obtenido el rendimiento académico y comportamiento más alto en cada curso.
2. Publicación en el cuadro de honor de los nombres de los estudiantes distinguidos en su desempeño académico y de convivencia, durante cada periodo académico.
3. Izar el pabellón nacional, departamental, municipal e institucional para aquellos estudiantes que se hayan destacado por su buen rendimiento académico y de convivencia durante el periodo.
4. Visitas a parques o museos fuera de la institución, exposiciones, representaciones teatrales, conferencias, paseos o excursiones, para los cursos que tengan el mejor desempeño académico y de convivencia en la institución.
5. Reconocimiento público ante los demás compañeros para aquellos estudiantes que hayan representado a la institución decoros amente en lo académico, cultural, social o deportivo. Esta distinción se registrará en su historial académico.
FUNCIONES DEL PERSONERO:
1:El personero tramitará sus reclamos, solicitudes e inquietudes directamente ante la dirección de la institución educativa. En ningún caso podrá presentar reclamos, solicitudes o exigencias de manera directa al personal de la institución educativa.
2:Promover y liderar proyectos que beneficien a los estudiantes y a toda la comunidad educativa
3: Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo Estudiantil y organizar foros u otras formas de deliberación.
4: Orientar sus actuaciones en el marco del Horizonte Institucional: misión, filosofía, objetivos y reglamentos de la institución educativa.
5:Cumplir con todas sus obligaciones de estudiante regular y según las normas y procedimientos establecidos en el Manual de convivencia. En ningún caso utilizará su cargo para obtener privilegios o prebendas académicas, disciplinarias, o de otro tipo, estas causas serán analizadas con un debido proceso para continuar o suspender su designación.
Medidas disciplinares sancionatorias:
Amonestación verbal
Cuando el estudiante incurre en situaciones tipo I se hace llamado de atención a través del diálogo, y la reflexión se orienta para que asuma una actitud de cambio positivo y superación personal. Se deja constancia en el formato respectivo.
Amonestación escrita
Si el estudiante reincide en la situación tipo I o incurre en una situación tipo II, se hará la amonestación con citación al padre de familia o acudiente para que participe del proceso formativo, firmando la respectiva acta de compromiso. En esta acta, firmada por el estudiante, el acudiente y el coordinador se hará explicita la necesidad de un cambio de comportamiento por parte del estudiante en beneficio de su desarrollo y el bienestar de los demás miembros de la comunidad educativa.
Suspensión
Esta se aplicará en casos de incumplimiento al compromiso pactado mediante acta, reincidencia en situaciones tipo II o en caso de actos que se configuren en situaciones tipo III y que no conlleven al retiro institucional inmediato y definitivo del estudiante. Esta suspensión se hará con citación al padre de familia o acudiente, será de 1 hasta 3 días, bajo la responsabilidad de padres o acudientes e impide la presentación de evaluaciones y trabajos. Así también, la suspensión siempre irá acompañada de un taller que motive la reflexión sobre la transgresión. Esta sanción será determinada por el comité de convivencia.
Pérdida de Cupo
Por incumplimiento a los compromisos de enmienda o recuperación pactados, se informará al estudiante la pérdida de cupo para el año siguiente, antes de finalizar el año escolar. Esta sanción será determinada por el Comité de Convivencia Escolar. Cancelación de la matrícula Consiste en la suspensión definitiva del servicio educativo que se presta al estudiante en esta institución, en cualquier época del año escolar. Está consecuencia solo podrá ser aplicada por el Comité de Convivencia Escolar, en las situaciones tipo III.
4:a expresar y a difundir libre y responsable mente sus opiniones y sus ideas, respetando este derecho en los demás
5:usar con responsabilidad las instalaciones, bienes y servicios de la institución para actividades propias de la vida escolar
6:a recibir los estímulos y reconocimientos que se hagan acreedores
7:a elegir y hacer elegido para los diferentes estamentos del gobierno escolar y a conocer los derechos y deberes
8:a presentar peticiones respetuosas a profesores,
empleados, directivos o autoridades y a obtener pronta resolución de las mismas
9: solicitar con debido respeto en forma oportuna la revicion y corrección de juicios valorativos, logros, y evaluaciones en los tres días hábiles posteriores a su publicación
10:a recibir orientación , ayuda y atención, cuando por su situación así lo requiera
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES:
1:asistir puntualmente a todas las actividades programadas por la institución y participar de ellas cuando sea perteniente
2:conocer, aceptar y aplicar el contenido y las disposiciones del manual de convivencia
3:asistir a las labores académicas con los textos, materiales y elementos indispensables para realizar el trabajo escolar
4:tratar con amabilidad respeto y cordialidad a los miembros de la comunidad educativa manteniendo un comportamiento digno y culto
5:aprovechar al máximo todas sus capacidades para beneficio personal y social, en tanto debe asumirse a la educación como un derecho - deber
6:respetar los derechos de los demás, la opinión y el orden en el uso de la palabra
7:portar el carne estudiantil para efectos de identificación. en caso de perdida reportar oportunamente para evitar suplantaciones
8:representar dignamente a la institución en eventos académicos, culturales, sociales y deportivos única y exclusivamente cuando sea designado para tal fin
9:aceptar las disposiciones de los miembros del gobierno escolar siempre y cuando nos vulneren sus derechos y no sean contrarios a la ley
10: cumplir con las labores de trabajo autónomo del estudiante como sus tareas y sus evaluaciones y esforzare por alcanzar la totalidad de los desempeños
PROHIBICIONES
1. Abandonar o suspender sus labores durante la jornada de trabajo sin justa causa o sin autorización previa de sus superiores.
2. Realizar propaganda o proselitismo político o religioso dentro de los centros educativos o lugares de trabajo.
3. Portar armas de cualquier clase durante el desempeño de sus labores o dentro de los centros educativos, o durante actividades extraescolares.
4. Coartar el derecho de libre asociación de los demás educadores o estudiantes.
5. Utilizar los centros educativos para actividades ilícitas o no propias de la enseñanza, o para vivienda sin la autorización correspondiente.
6. Realizar actividades ajenas a sus funciones docentes en la jornada de trabajo.
7. Vender objetos o mercancías dentro del centro educativo, en beneficio propio o de terceros, que no responda a proyectos institucionales.
8. Asistir al lugar de trabajo en estado de embriaguez o bajo el influjo de drogas narcóticas o estupefacientes.
9. Atentar o incitar a otros a atentar contra los bienes del establecimiento o bienes públicos o hacer uso indebido de las propiedades o haberes de la institución o del Estado, puestos bajo su responsabilidad.
10. Desempeñar simultáneamente más de un empleo público o recibir más de una asignación que provenga del tesoro público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado.
11. Aplicar cualquier forma de maltrato físico o psíquico que atente contra la dignidad de los alumnos, su integridad personal o el desarrollo de su personalidad.
12. Realizar o ejecutar con sus educandos acciones o conductas que atenten contra la libertad y el pudor sexual de los mismos o acosarlos sexualmente.
13. Manipular alumnos o padres de familia para obtener apoyos en causas personales o exclusivas de los docentes.
14. Ser elegido en un cargo de representación popular, a menos que haya renunciado al cargo docente o directivo con seis meses de antelación a la elección respectiva.
15. Utilizar la evaluación de los alumnos para buscar provecho personal o de terceros.
INCENTIVOS PARA ESTUDIANTES
1. Se otorgará Mención de Honor a los estudiantes que hayan obtenido el rendimiento académico y comportamiento más alto en cada curso.
2. Publicación en el cuadro de honor de los nombres de los estudiantes distinguidos en su desempeño académico y de convivencia, durante cada periodo académico.
3. Izar el pabellón nacional, departamental, municipal e institucional para aquellos estudiantes que se hayan destacado por su buen rendimiento académico y de convivencia durante el periodo.
4. Visitas a parques o museos fuera de la institución, exposiciones, representaciones teatrales, conferencias, paseos o excursiones, para los cursos que tengan el mejor desempeño académico y de convivencia en la institución.
5. Reconocimiento público ante los demás compañeros para aquellos estudiantes que hayan representado a la institución decoros amente en lo académico, cultural, social o deportivo. Esta distinción se registrará en su historial académico.
FUNCIONES DEL PERSONERO:
1:El personero tramitará sus reclamos, solicitudes e inquietudes directamente ante la dirección de la institución educativa. En ningún caso podrá presentar reclamos, solicitudes o exigencias de manera directa al personal de la institución educativa.
2:Promover y liderar proyectos que beneficien a los estudiantes y a toda la comunidad educativa
3: Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo Estudiantil y organizar foros u otras formas de deliberación.
4: Orientar sus actuaciones en el marco del Horizonte Institucional: misión, filosofía, objetivos y reglamentos de la institución educativa.
5:Cumplir con todas sus obligaciones de estudiante regular y según las normas y procedimientos establecidos en el Manual de convivencia. En ningún caso utilizará su cargo para obtener privilegios o prebendas académicas, disciplinarias, o de otro tipo, estas causas serán analizadas con un debido proceso para continuar o suspender su designación.
Medidas disciplinares sancionatorias:
Amonestación verbal
Cuando el estudiante incurre en situaciones tipo I se hace llamado de atención a través del diálogo, y la reflexión se orienta para que asuma una actitud de cambio positivo y superación personal. Se deja constancia en el formato respectivo.
Amonestación escrita
Si el estudiante reincide en la situación tipo I o incurre en una situación tipo II, se hará la amonestación con citación al padre de familia o acudiente para que participe del proceso formativo, firmando la respectiva acta de compromiso. En esta acta, firmada por el estudiante, el acudiente y el coordinador se hará explicita la necesidad de un cambio de comportamiento por parte del estudiante en beneficio de su desarrollo y el bienestar de los demás miembros de la comunidad educativa.
Suspensión
Esta se aplicará en casos de incumplimiento al compromiso pactado mediante acta, reincidencia en situaciones tipo II o en caso de actos que se configuren en situaciones tipo III y que no conlleven al retiro institucional inmediato y definitivo del estudiante. Esta suspensión se hará con citación al padre de familia o acudiente, será de 1 hasta 3 días, bajo la responsabilidad de padres o acudientes e impide la presentación de evaluaciones y trabajos. Así también, la suspensión siempre irá acompañada de un taller que motive la reflexión sobre la transgresión. Esta sanción será determinada por el comité de convivencia.
Pérdida de Cupo
Por incumplimiento a los compromisos de enmienda o recuperación pactados, se informará al estudiante la pérdida de cupo para el año siguiente, antes de finalizar el año escolar. Esta sanción será determinada por el Comité de Convivencia Escolar. Cancelación de la matrícula Consiste en la suspensión definitiva del servicio educativo que se presta al estudiante en esta institución, en cualquier época del año escolar. Está consecuencia solo podrá ser aplicada por el Comité de Convivencia Escolar, en las situaciones tipo III.